Historia del levantamiento, guerra y revolución de España (4 de 5) - 11

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rey de Roma.] un príncipe que tomó el título de rey de Roma. Creía José
que era aquella favorable coyuntura al logro de sus pretensiones, y
que no se negaría su hermano a acceder a ellas en medio de tan fausto
acontecimiento. Pero no era Napoleón hombre que cejase en la carrera
de la ambición. Y al contrario, nunca como entonces tenía motivo para
proseguir en ella. Tocaba su poder al ápice de la grandeza, y con el
recién nacido ahondábanse y se afirmaban las raíces antes someras y
débiles de su estirpe.
El efecto que tan acumulada dicha producía en el ánimo del emperador
francés, vese en una carta que pocos meses adelante escribía a José su
hermana Elisa: «Las cosas han variado mucho [decía]; no es como antes.
El emperador solo quiere sumisión, y no que sus hermanos se tengan
respecto de él por reyes independientes. Quiere que sean sus primeros
súbditos.»
Salió de Madrid José camino de París el 23 de abril, acompañado del
ministro de la guerra, Don Gonzalo Ofarrill, y del de estado, Don
Mariano Luis de Urquijo. No atravesó la frontera hasta el 10 de mayo.
Paradas que hizo, y sobre todo 2000 hombres que le escoltaban, fueron
causa de ir tan despacio. No le sobraba precaución alguna: acechábanle
en la ruta los partidarios. Llegó José a París el 16 del mismo mes, y
permaneció allí corto tiempo. Asistió el 9 de junio al bautizo del rey
de Roma, y el 27, ya de vuelta, cruzó el Bidasoa. [Marginal: Vuelve
José a Madrid.] Entró en Madrid el 15 de julio, solo, aunque sus
periódicos habían anunciado que traería consigo a su esposa y familia.
Reducíase esta a dos niñas, y ni ellas ni su madre, de nombre Julia,
hija de Mr. Clary, rico comerciante de Marsella, llegaron nunca a poner
el pie en España.
Poco satisfecho José del recibimiento que le hizo en París su hermano,
convenciose además de cuáles fuesen los intentos de este por lo
respectivo a las provincias del Ebro, cuya agregación al imperio
francés estaba como resuelta. No obtuvo tampoco en otros puntos sino
palabras y promesas vagas; limitándose Napoleón a concederle el auxilio
de un millón de francos mensuales.
[Marginal: Escasez de granos.]
No remediaba subsidio tan corto la escasez de medios, y menos reparaba
la falta de granos, tan notable ya en aquel tiempo que llegó a valer en
Madrid la fanega de trigo a cien reales, de cuarenta que era su precio
ordinario. Por lo cual, para evitar el hambre que amenazaba, se formó
una junta de acopios, yendo en persona a recoger granos el ministro
de policía, Don Pablo Arribas, [Marginal: Providencias violentas del
gobierno de José.] y el de lo interior, marqués de Almenara: encargo
odioso e impropio de la alta dignidad que ambos ejercían. La imposición
que con aquel motivo se cobró de los pueblos en especie recargolos
excesivamente. De las solas provincias de Guadalajara, Segovia, Toledo
y Madrid se sacaron 950.000 fanegas de trigo y 750.000 de cebada,
además de los diezmos y otras derramas. Efectuose la exacción con harta
dureza, arrancando el grano de las mismas eras para trasladarle a los
pósitos o alhóndigas del gobierno, sin dejar a veces al labrador con
que mantenerse ni con que hacer la siembra. Providencias que quizás
pudieron creerse necesarias para abastecer por de pronto a Madrid;
pero inútiles en parte, y a la larga perjudiciales: pues nada suple en
tales casos al interés individual, que temiendo hasta el asomo de la
violencia, huye con más razón espantado de donde ya se practica aquella.
[Marginal: Trata José de componerse con el gobierno de Cádiz.]
Decaído José de espíritu, y sobre todo mal enojado contra su hermano,
trató de componerse con los españoles. Anteriormente había dado indicio
de ser este su deseo: indicio que pasó a realidad con la llegada a
Cádiz, algún tiempo después, de un canónigo de Burgos llamado Don Tomás
la Peña, quien, encargado de abrir una negociación con la regencia y
las cortes, hizo de parte del intruso todo género de ofertas, hasta
la de que se echaría el último sin reserva alguna en los brazos del
gobierno nacional, siempre que se le reconociese por rey. Mereció la
Peña que se le diese comisión tan espinosa por ser eclesiástico,
calidad menos sospechosa a los ojos de la multitud, y hermano del
general del mismo nombre; al cual se le juzgaba enemigo de los ingleses
de resultas de la jornada de la Barrosa. Extraño era en José paso
tan nuevo, y podemos decir desatentado; pero no menos lo era, y aun
quizá más, en sus ministros, que debían mejor que no aquel conocer la
índole de la actual lucha, y lo imposible que se hacía entablar ninguna
negociación mientras no evacuasen los franceses el territorio y no
saliese José de España.
[Marginal: Emisarios que envía.]
La Peña se abocó con la regencia, y dio cuenta de su comisión,
acompañándola de insinuaciones muy seductoras. No necesitaban los
individuos del gobierno de Cádiz tener presentes las obligaciones
que les imponía su elevada magistratura para responder digna y
convenientemente: bastábales tomar consejo de sus propios e hidalgos
sentimientos. [Marginal: Inutilidad de los pasos que estos dan.] Y
así dijeron que ni en cuerpo ni separadamente faltarían nunca a la
confianza que les había dispensado la nación, y que el decreto dado por
las cortes en 1.º de enero sería la invariable regla de su conducta.
Añadieron también con mucha verdad que ni ellos, ni la representación
nacional, ni José tenían fuerza ni poderío para llevar a cima, cada uno
en su caso, negociación de semejante naturaleza. Porque a las cortes y
a la regencia se las respetaba y obedecía en tanto que hacían rostro a
la usurpación e invasión extranjeras; pero que no sucedería lo mismo
si se alejaban de aquel sendero _indicado_ por la nación. Y en cuanto
a José, claro era que faltándole el arrimo de su hermano, único poder
que le sostenía, no solamente se hallaría imposibilitado de cumplir
cosa alguna, sino que en el mismo hecho vendría abajo su frágil y
desautorizado gobierno. Terminose aquí la negociación.[*] [Marginal:
(* Ap. n. 15-5.)] Las cortes nunca tuvieron de oficio conocimiento de
ella, ni se traslució en el público, a gran dicha del comisionado. En
los meses siguientes despacháronse de Madrid con el mismo objeto nuevos
emisarios, de que hablaremos, y cuyas gestiones tuvieron el mismo
paradero. Otras eran las obligaciones, otras las miras, otro el rumbo
que había tomado y seguido el gobierno legítimo de la nación.


RESUMEN
DEL
LIBRO DECIMOSEXTO.

Abren las cortes sus sesiones en Cádiz. — Presupuestos presentados por
el ministro de hacienda. — Reflexiones acerca de ellos. — Debates en
las cortes. — Contribución extraordinaria de guerra. — Reconocimiento
de la deuda pública. — Nombramiento de una junta nacional del crédito
público. — Memoria del ministro de la guerra. — Aprueban las cortes
el estado mayor. — Créase la orden de San Fernando. — Reglamento de
juntas provinciales. — Abolición de la tortura. — Discusión y decreto
sobre señoríos y derechos jurisdiccionales. — Primeros trabajos que se
presentan a las cortes sobre Constitución. — Ofrecen los ingleses su
mediación para cortar las desavenencias de América. — Tratos con Rusia.
— Sucesos militares. — Expedición de Blake a Valencia. — Facultades
que se otorgan a Blake. — Desembarca en Almería. — Incorpóranse las
tropas de la expedición momentáneamente con el tercer ejército. —
Operaciones de ambas fuerzas reunidas. — Medidas que toma Soult. —
Acción de Zújar y sus consecuencias. — Nuevos cuarteles del tercer
ejército, y separación de las fuerzas expedicionarias. — Únese Montijo
al ejército. — Sucede en el mando a Freire el general Mahy. — Los
franceses no prosiguen a Murcia. — Valencia. — Estado de aquel reino. —
Llegada de Blake. — Providencias de este general. — Se dispone Suchet
a invadir aquel reino. — Pisa su territorio. — Su marcha y fuerza
que lleva. — Las que reúne Blake y otras providencias. — Sitio del
castillo de Murviedro o Sagunto. — Su descripción. — Vana tentativa de
escalada. — Reencuentro en Soneja y Segorbe. — En Bétera y Benaguacil.
— Buena defensa y toma del castillo de Oropesa. — Resistencia honrosa
y evacuación de la torre del Rey. — Activa el enemigo los trabajos
contra Sagunto. — Asalto intentado infructuosamente. — Prepárase Blake
a socorrer a Sagunto. — Batalla de Sagunto. — Rendición del castillo.
— Diversiones en favor de Valencia. Cataluña. — Toma de las islas
Medas. — Muerte de Montardit. — Empresas de Lacy y Eroles en el centro
de Cataluña. — Ataque de Igualada. — Rendición de la guarnición de
Cervera. — De Bellpuig. — Revuelve Eroles sobre la frontera de Francia.
— Acertada conducta de Lacy. — Pasa Macdonald a Francia. — Le sucede
Decaen. — Convoy que va a Barcelona. — Aragón, Durán y el Empecinado. —
Mina. — Tropas que reúnen los franceses en Navarra y Aragón. — Atacan
a Calatayud Durán y el Empecinado. — Hacen prisionera la guarnición.
— Viene sobre ellos Musnier. — Se retiran. — División de Severoli
en Aragón. — Se separan Durán y el Empecinado. — Mina. — Ponen los
franceses su cabeza a precio. — Tratan de seducirle. — Penetra Mina en
Aragón. — Ataca a Ejea. — Coge una columna francesa en Plasencia de
Gállego. — Embarca los prisioneros en Motrico. — Distribuye Musnier
la división de Severoli. — Abandonan los franceses a Molina. — Nuevas
acometidas del Empecinado. — De Durán. — Ambos bajo las órdenes de
Montijo. — Ballesteros en Ronda. — Acción contra Rignoux. — Avanza
Godinot. — Retírase Ballesteros. — Vanas tentativas de Godinot.
— Tarifa socorrida. — Retírase Godinot. — Se mata. — Sorprende
Ballesteros a los franceses en Bornos. — Juan Manuel López. — Crueldad
de Soult.


HISTORIA
DEL
LEVANTAMIENTO, GUERRA Y REVOLUCIÓN
de España.
LIBRO DECIMOSEXTO.

[Marginal: Abren las cortes sus sesiones en Cádiz.]
Trasladadas las cortes de la Isla de León a Cádiz, abrieron las
sesiones en esta ciudad el 24 de febrero, según ya apuntamos. El sitio
que se escogió pava celebrarlas fue la iglesia de S. Felipe Neri,
espaciosa y en forma de rotonda. Se construyeron galerías públicas a
derecha y a izquierda, en donde antes estaban los altares colaterales,
y otra más elevada encima del cornisamento, de donde arranca la cúpula.
Era la postrera galería angosta, lejana y de pocas salidas, lo que
dio ocasión a alguno que otro desorden que a su tiempo mencionaremos,
si bien enfrenados siempre por la sola y discreta autoridad de los
presidentes.
[Marginal: Presupuestos presentados por el ministro de hacienda.]
En 26 de febrero se leyó en las cortes, por primera vez, un presupuesto
de gastos y entradas. Era obra de Don José Canga Argüelles, secretario
a la sazón del despacho de hacienda. La pintura que en el contexto se
trazaba del estado de los caudales públicos aparecían harto dolorosa.
«El importe de la deuda [*] [Marginal: (* Ap. n. 16-1.)] [expresaba el
ministro] asciende a 7.194.266.839 rs. vn., y los réditos vencidos a
219.691.473 de igual moneda.» No entraban en este cómputo los empeños
contraídos desde el principio de la insurrección, que por lo general
consistían en suministros aprontados en especie. El gasto anual, sin
los réditos de la deuda, le valuaba el señor Canga en 1.200.000.000
de reales, y los productos en solo 255.000.000. «Tal es [continuaba
el ministro] la extensión de los desembolsos y de las rentas con que
contamos para satisfacerlas, calculadas aproximadamente por no ser dado
hacerlo con exactitud, por la falta a veces de comunicación entre las
provincias y el gobierno, por las ocurrencias militares de ellas...»
«Si la santa insurrección de España hubiera encontrado desahogados
a los pueblos, rico el tesoro, consolidado el crédito y franqueados
todos los caminos de la pública felicidad, nuestros ahogos serían
menores, más abundantes los recursos, y los reveses hubieran respetado
a nuestras armas; pero una administración desconcertada de veinte años,
una serie de guerras desastrosas, un sistema opresor de hacienda, y
sobre todo la mala fe en los contratos de esta y el desarreglo de todos
los ramos, solo dejaron en pos de sí la miseria y la desolación; y
los albores de la independencia y de la libertad rayaron en medio de
las angustias y de los apuros...» «A pesar de todo, hemos levantado
ejércitos; y combatiendo con la impericia y las dificultades,
mantenemos aún el honor del nombre español, y ofrecemos a la Francia
el espectáculo terrible de un pueblo decidido que aumenta su ardor al
compás de las desgracias...»
[Marginal: Reflexiones acerca de ellos.]
Y ahora habrá quien diga: ¿cómo pues las cortes hicieron frente a
tantas atenciones, y pudieron cubrir desfalco tan considerable? A eso
responderemos: 1.º, que el presupuesto de gastos estaba calculado
por escala muy subida, y por una muy ínfima el de las entradas; 2.º,
que en estas no se incluían las remesas de América, que, aunque
en baja, todavía producían bastante, ni tampoco la mayor parte de
las contribuciones ni suministros en especie; y 3.º, que tal es la
diferencia que media entre una guerra nacional y una de gabinete. En
la última los pagos tienen que ser exactos y en dinero, cubriéndolos
solamente contribuciones arregladas y el crédito, que encuentra
con límites: en la primera suplen al metálico, en cuanto cabe, los
frutos, aprontando los propietarios y hombres acaudalados no solo las
rentas sino a veces hasta los capitales, ya por patriotismo, ya por
prudencia; sobrellevando asimismo el soldado con gusto, o al menos
pacientemente, las escaseces y penuria, como nuevo timbre de realzada
gloria. Y, en fin, en una guerra nacional, poniéndose en juego todas
las facultades físicas e intelectuales de una nación, se redoblan al
infinito los recursos; y por ahí se explica como la empobrecida, mas
noble, España pudo sostener tan larga y dignamente la causa honrosa de
su independencia. Favoreciola, es verdad, la alianza con la Inglaterra,
yendo unidos en este caso los intereses de ambas potencias; pero lo
mismo ha acontecido casi siempre en guerras de semejante naturaleza.
Díganlo, si no, la Holanda y los Estados Unidos, apoyada la primera por
los príncipes protestantes de aquel siglo, y los últimos por Francia
y España. Y no por eso aquellas naciones ocupan en la historia lugar
menos señalado.
[Marginal: Debates en las cortes.]
Al día siguiente de haber presentado el ministro de hacienda los
presupuestos, se aprobó el de gastos después de una breve discusión.
Nada en él había superfluo; la guerra lo consumía casi todo.
Detuviéronse más las cortes en el de entradas. No propuso por entonces
Canga Argüelles ninguna mudanza esencial en el sistema antiguo de
contribuciones, ni en el de su administración y recaudación. Dejaba la
materia para más adelante como difícil y delicada.
[Marginal: Contribución extraordinaria de guerra.]
Indicó varias modificaciones en la contribución extraordinaria de
guerra que, según en su lugar se vio, había decretado la junta central
sin que se consiguiese plantearla en las más de las provincias. Con
ella se contaba para cubrir en parte el desfalco de los presupuestos.
Adolecía, sin embargo, esta imposición de graves imperfecciones. La
mayor de todas consistía en tomar por base el capital existimativo
de cada contribuyente, y no los réditos o productos líquidos de las
fincas. Propuso con razón el ministro sustituir a la primera base la
postrera; pero no anduvo tan atinado en recargar al mismo tiempo en
un 30, 45, 50, 60 y aun 65 por ciento los diezmos eclesiásticos y la
partición de frutos o derechos feudales, con más o menos gravamen,
según el origen de la posesión. Fundaba el señor Canga la última parte
de su propuesta en que los desembolsos debían ser en proporción de
lo que cada cual expusiese en la actual guerra; y a muchos agradaba
la medida por tocar a individuos cuya jerarquía y privilegios no
disfrutaban del favor público. Mas, a la verdad, el pensamiento del
ministro era vago, injusto y casi impracticable; porque, ¿cómo podía
graduarse equitativamente cuáles fuesen las clases que arriesgaban más
en la presente lucha? Iba en ella la pérdida o la conservación de la
patria común, e igual era el peligro, e igual la obligación en todos
los ciudadanos de evitar la ruina de la independencia. Fuera de esto,
tratábase solo ahora de contribuciones, no de examinar la cuestión de
diezmos, ni la de los derechos feudales, y menos la temible y siempre
impolítica del origen de la propiedad. Mezclar y confundir puntos tan
diversos era internarse en un enredado laberinto de averiguaciones, que
tenía al cabo que perjudicar a la pronta y más expedita cobranza del
impuesto extraordinario.
Cuerdamente huyó la comisión de tal escollo; y dejando a un lado
el recargo propuesto por el ministro sobre determinados derechos o
propiedades, atúvose solo a gravar sin distinción las utilidades
líquidas de la agricultura, de la industria y del comercio. Hasta aquí
asemejábase mucho el nuevo impuesto al _income tax_ de Inglaterra, y
no flaqueaba sino por los defectos que son inherentes a esta clase de
contribuciones en la indagación de los rendimientos que dejan ciertas
granjerías. Pero la comisión, admitiendo además otra modificación en
la base fundamental del impuesto, introdujo una regla que, si no tan
injusta como la del ministro ni de consecuencias tan fatales, aparecía
no menos errónea. Fue, pues, la de una escala de progresión según la
cual crecía el impuesto a medida que la renta o las utilidades pasaban
de 4000 reales vellón. Dos y medio por ciento se exigía a los que
estaban en este caso; más y respectivamente de allí arriba, llegando
algunos a pagar hasta un 50 y un 76 por ciento: pesado tributo, tan
contrario a la equidad como a las sanas y bien entendidas máximas
que enseña la práctica y la economía pública en la materia. Porque
gravando extraordinariamente y de un modo impensado las rentas del
rico, no solo se causa perjuicio a este, sino que se disminuye también
o suprime, en vez de favorecer, la renta de las clases inferiores, que
en el todo o en gran parte consiste en el consumo que de sus productos
o de su industria hacen respectiva y progresivamente las familias
más acomodadas y poderosas. Dicho impuesto, además, llega a devorar
hasta el capital mismo, destruye en los particulares el incentivo
de acumular, origen de gran prosperidad en los estados, y tiene el
gravísimo inconveniente de ser variable sobre una cantidad dada de
riqueza, lo que no sucede en las contribuciones de esta especie cuando
solo son proporcionales sin ser progresivas.
Las cortes, sin embargo, aprobaron el 24 de marzo el informe de la
comisión, reducido a tres principales bases: 1.ª, que se llevase
a efecto la contribución extraordinaria de guerra impuesta por la
central; 2.ª, que se fijase la base de esta contribución con relación a
los réditos o productos líquidos de las fincas, comercio e industria;
3.ª, que la cuota correspondiente a cada contribuyente fuese progresiva
al tenor de una escala que acompañaba a la ley. La premura de los
tiempos y la inexperiencia disculpan solo la aprobación de un impuesto
no muy bien concebido.
Adoptaron igualmente las cortes otros arbitrios introducidos antes por
la central, como el de la plata de las iglesias y particulares, y el de
los coches de estos. El primero se hallaba ya casi agotado, y el último
era de poco o ningún valor: no osando nadie, a menos de ser anciano o
de estar impedido, usar de carruaje en medio de las calamidades del día.
Tampoco fue en verdad de gran rendimiento el arbitrio conocido bajo el
nombre de represalias y confiscos, que consistía en bienes y efectos
embargados a franceses y a españoles del bando del intruso. Tomaron ya
esta medida los gobiernos que precedieron a las cortes, autorizados
por el derecho de gentes y el patrio, como también apoyados en el
ejemplo de José y de Napoleón. Las luces del siglo han ido suavizando
la legislación en esta parte, y el buen entendimiento de las naciones
modernas acabará por borrar del todo los lunares que aún quedan, y
son herencia de edades menos cultas. En España apenas sirvieron las
represalias y los confiscos sino para arruinar familias, y alimentar
la codicia de gente rapaz y de curia. Las cortes se limitaron en aquel
tiempo a adoptar reglas que abreviasen los trámites, y mejorasen en lo
posible la parte administrativa y judicial del ramo.
[Marginal: Reconocimiento de la deuda pública. (* Ap. n. 16-2.)]
Días después, en 30 de marzo, presentose de nuevo al congreso el
ministro de Hacienda, y leyó una memoria circunstanciada [*] sobre
la deuda y crédito público. Nada por de pronto determinaron las
cortes en la materia, hasta que en el inmediato septiembre dieron
un decreto reconociendo todas las deudas antiguas, y las contraídas
desde 1808 por los gobiernos y autoridades nacionales, exceptuando
por entonces de esta regla las deudas de potencias no amigas. A poco
nombraron también las mismas cortes [Marginal: Nombramiento de una
junta nacional del crédito público.] una junta llamada nacional del
crédito público, compuesta de tres individuos escogidos de entre nueve
que propuso la regencia. Se depositó en manos de este cuerpo el manejo
de toda la deuda, puesta antes al cuidado de la tesorería mayor y de
la caja de consolidación. Las cortes hasta mucho tiempo adelante no
desentrañaron más el asunto, por lo que suspenderemos ahora tratar
de él detenidamente. Diose ya un gran paso hacia el restablecimiento
del crédito en el mero hecho de reconocer de un modo solemne la deuda
pública, y en el de formar un cuerpo encargado exclusivamente de
coordinar y regir un ramo muy intrincado de suyo, y antes de mucha
maraña.
[Marginal: Memoria del ministro de la Guerra. (* Ap. n. 16-3.)]
También se leyó en las cortes el 1.º de marzo una memoria del ministro
de la Guerra,[*] en que largamente se exponían las causas de los
desastres padecidos en los ejércitos, y las medidas que convenía
adoptar para poner en ello pronto remedio. Nada anunciaba el ministro
que no fuese conocido, y de que no hayamos ya hecho mención en el
curso de esta historia. Las circunstancias hacían insuperables ciertos
males: solo podía curarlos la mano vigorosa del gobierno, no las
discusiones del cuerpo legislativo. Sin embargo, excitó una muy viva
el dictamen que la comisión de guerra presentó días después acerca
del asunto. Muchos señores no se manifestaron satisfechos con lo
expuesto por el ministro, que casi se limitaba a reflexiones generales;
pero insistieron todos en la necesidad urgentísima de restaurar la
disciplina militar, cuyo abandono, ya anterior a la presente lucha,
miraban como principal origen de las derrotas y contratiempos.
[Marginal: Aprueban las cortes el estado mayor.]
Debiendo contribuir a tan anhelado fin, y a un bien entendido, uniforme
y extenso plan de campaña el estado mayor general creado por la última
regencia, afirmaron dicha institución las cortes en decreto de 6 de
julio. Necesitábase, para sostenerla, de semejante apoyo, estando
combatida por militares ancianos, apegados a usos añejos. Cada día
probó más y más la experiencia lo útil de aquel cuerpo, ramificado
por todos los ejércitos, con un centro común cerca del gobierno, y
compuesto en general de la flor de la oficialidad española.
[Marginal: Créase la orden de San Fernando.]
Asimismo las cortes al paso que quisieron poner coto a la excesiva
concesión de grados, a la de las órdenes y condecoraciones de la
milicia, tampoco olvidaron excogitar un medio que recompensase las
acciones ilustres, sin particular gravamen de la nación; porque,
como dice nuestro Don Francisco de Quevedo,[*] [Marginal: (* Ap. n.
16-4.)] «dar valor al viento es mejor caudal en el príncipe que minas.»
Con este objeto propuso la comisión de premios, en 5 de mayo, el
establecimiento de una orden militar, que llamó del _Mérito_, destinada
a remunerar las hazañas que llevasen a cima los hombres de guerra,
desde el general hasta el soldado inclusive.
No empezó la discusión sino en 25 de julio, y se publicó el decreto a
fines de agosto inmediato, cambiándose, a propuesta del señor Morales
Gallego, el título dado por la comisión en el de _orden nacional de
San Fernando_. Era su distintivo una venera de cuatro aspas, que
llevaba en el centro la efigie de aquel santo: la cinta encarnada con
filetes estrechos de color de naranja a los cantos. Había grandes y
pequeñas cruces, y las había de oro y plata con pensiones vitalicias
en ciertos casos. Individualizábanse en el reglamento las acciones que
se debían considerar como distinguidas, y los trámites necesarios para
la concesión de la gracia, a la cual tenía que preceder una sumaria
información en juicio abierto contradictorio, sostenido por oficiales o
soldados que estuviesen enterados del hecho o le hubiesen presenciado.
Hasta el año de 1814 se respetó la letra de este reglamento, mas
entonces al volver Fernando de Francia, prodigose indebidamente la
nueva orden y se vilipendió del todo en 1823, dispensándola a veces
con profusión a muchos de aquellos extranjeros contra quienes se había
establecido, y en oposición de los que la habían creado o merecido
legítimamente. Juegos de la fortuna nada extraños, si el distribuidor
de las mercedes no hubiera sido aquel mismo Fernando, cuyo trono,
antes de 1814, atacaban los recién agraciados y defendían los ahora
perseguidos.
[Marginal: Reglamento de juntas provinciales.]
Mejoraron también las cortes la parte gubernativa de las provincias,
adoptando un reglamento para las juntas que se publicó en 18 de marzo y
gobernó hasta el total establecimiento de la nueva constitución de la
monarquía. En él se determinaba el modo de formar dichos cuerpos y se
deslindaban sus facultades. Elegíanse los individuos como los diputados
de cortes, popularmente: nueve en número, excepto en ciertos parajes.
Entraban además en la junta el intendente y el capitán general,
presidente nato. Fijábase la renovación de los individuos por terceras
partes cada tres años, y se establecían en los partidos comisiones
subalternas.
A las juntas tocaba expedir las órdenes para los alistamientos y
contribuciones, y vigilar la recaudación de los caudales públicos:
no podían sin embargo disponer por sí de cantidad alguna. Se les
encargaban también los trabajos de estadística, el fomento de
escuelas de primeras letras, y el cuidado de ejercitar a la juventud
en la gimnástica y manejo de las armas. No menos les correspondía
fiscalizar las contratas de víveres y el repartimiento de estos, las
de vestuario y municiones, las revistas mensuales y otros pormenores
administrativos. Facultades algunas sobrado latas para cuerpos de
semejante naturaleza; mas necesario era concedérselas en una guerra
como la actual. Reportó bienes el nuevo reglamento, pues por lo menos
evitó desde luego la mudanza arbitraria de las juntas al son de las
parcialidades o del capricho de cualquiera pueblo, según a veces
acontecía. Las elecciones que resultaron fueron de gente escogida: y en
adelante medió mayor concordia entre los jefes militares y la autoridad
civil.
[Marginal: Abolición de la tortura.]
No menos continuaron las cortes teniendo presente la reforma del ramo
judicial, sin aguardar al total arreglo que preparaba la comisión de
constitución. Y así en virtud de propuesta que en 2 de abril había
formalizado Don Agustín de Argüelles, promulgose en 22 del mismo mes
un decreto aboliendo la tortura e igualmente la práctica introducida
de afligir y molestar a los acusados con lo que ilegal y abusivamente
llamaban apremios. La medida no halló oposición en las cortes; provocó
tan solo ciertas reflexiones de algunos antiguos criminalistas, entre
otros del señor Hermida, que avergonzándose de sostener a las claras
tan bárbara ley y práctica, limitose a disculpar la aplicación en
exceptuados casos. La tortura, infame crisol de la verdad, según la
expresión del ilustre Beccaria,[*] [Marginal: (* Ap. n. 16-5.)] no se
empleaba ya en España sino raras veces: merced a la ilustración de los
magistrados. Usábase con más frecuencia de los apremios, introducidos
veinte años atrás por el famoso superintendente de policía Cantero,
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